ASPECTOS LEGALES CONCERNIENTES A APORTES DE SEGURIDAD SOCIAL, PAGOS A
TERCEROS Y PRESTACIONES SOCIALES
Normatividad
para liquidación de Aportes
Resolución 2145: Incorpora el siguiente
diseño y contenido para el Formulario Único o Planilla Integrada de Liquidación
y pago de aportes al Sistema de la Protección Social para pensionados.
Según el código sustantivo del trabajo la la base cobre la cual se deben
liquidar los
Aportes es el salario mensual.
Decreto 1406: por el cual se adoptan
unas disposiciones reglamentarias de la Ley 100 de 1993, se reglamenta
parcialmente el artículo 91 de la Ley 488 de diciembre 24 de 1998, se dictan
disposiciones para la puesta en operación del Registro Único de A portantes al
Sistema de Seguridad Social Integral, se establece el régimen de recaudación de
aportes que financian dicho Sistema y los redondeo para IBC Y cotizaciones
Esta tiene como objetivo principal es el sistema de seguridad integral,
pro esto tiene que garantizar los derechos que son irrenunciables ya que este
comprende las obligaciones del estado y de la sociedad la ley contempla la afiliación a pensiones , la cotización , que es algo
fundamental todos como trabajadores deseamos tener un momento de nuestra vida
que es para descansar pero sin preocuparnos por como tendremos nuestra
economía por esto es importante este tipo de leyes que nos acobijan en
caso de que esto se incumpla , esta ley también nos habla de la pensión por
vejez, pensión por sobrevivientes , esta ley busca tener una calidad humana.
LEY 50/90
Esta nos habla que debe existir
un contrato y en él debe ir tres aspectos, primero la actividad personal de
trabajo, la duración de contrato y un salario por la prestación de servicio que
realiza el trabajador.
LEY 789/2002
Esta ley modifica ciertas cosas del código
sustantivo del trabajo ya que apoya el empleo y quiere ampliar la protección
social; esta ley nos habla que el objeto principal es el área de pensiones,
donde exista un sistema viable
para poder tener una pensión, la salud que es uno de los factores mas vulnerados en nuestro país y que esta se debe
respetar y cumplir como se esta estipulado
LOS
FACTORES Y BASES PARA LIQUIDAR LAS PROVISIONES DE PRESTACIONES SOCIALES Y LAS
APROPIACIONES PARA LA SEGURIDAD SOCIAL
Factores salariales
Son a los cuales tieen derecho un trabajador de acuerdo con las normas
vigentes son las bonificaciones y la prima de servicios.
Prestaciones sociales
Son la prima de vacaciones, vacaciones, cesantías y prima de navidad.
Salarios:
Se entiende por salario que es la retribución que se da a un trabajador por
prestar un servicio, donde el pago se establece a la hora de firmar el
contrato, el cual puede ser mensual quincenal, diario, según lo acordado con el
empleador.
Factores salariales:
Los factores salariales a los cuales tiene derecho el trabajador de acuerdo con
las normas vigentes son las bonificaciones por servicios prestados y la prima
de servicios.
Prestaciones Sociales:
Las prestaciones sociales a las cuales el empleador tiene derecho según la
normalidad son la prima de vacaciones, vacaciones, cesantías y prima de
navidad.
Base
de liquidación.
Las
empresas de las nóminas mensuales deben pagar a ciertas entidades como por
ejemplo:
ARP: Riesgos Profesionales, lo paga la empresa por lo
general es de 0,522%, este porcentaje es de acuerdo a la empresa y el riesgo.
ICBF: 3%
Sena: 2%
Estos
porcentajes se basan en el total devengado del trabajador
Formatos de seguridad social – PILA (Planilla
Integrada para Liquidación de Aportes) y ARP
En
la actualidad se cuenta con una nueva planilla integrada sólo debe hacer un
pago y el sistema se encargará de distribuir los recursos a cada una de las
administradoras. La Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, más conocida
como PILA, es un formato para hacer el pago de los aportes a pensión, salud,
ARP, caja de compensación, SENA e ICBF.
PILA esta se basa en las personas registradas en la
planita y sus ingresos.
Esta
ahorra una gran cantidad de tiempo haciendo mas fácil y rápido el trabajo de la
empresa.
Esta
planilla solo se llena una vez, llegado al caso que se presente una novedad
esta solo se copia y se actualiza para realizar los correspondientes pagos.
Para
el uso de esta planilla es necesario tener cuenta con un banco.
Software
aplicativo en liquidación de aportes a la seguridad social y terceros
Su
nombre es FANAIA, La aplicación web para la liquidación de aportes PILA es una
herramienta diseñada especialmente para
entregarle a los empleadores una solución automatizada para realizar la gestión
de seguridad social y liquidación del
valor de los aportes a todas las entidades del sistema de seguridad social y para fiscales:
Administradoras Fondos de Pensiones Entidades Promotoras de Salud
Administradoras de Riesgos Laborales las Cajas de Compensación Familiar el
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar el Servicio Nacional de Aprendizaje ,la
Escuela Superior de Administración Pública y el Ministerio de Educación
Nacional
Pagos
indirectos que constituyen o no salario, que afectan la base de la liquidación
para la retención en la fuente, para fiscales, seguridad social y provisiones
Primas,
bonificaciones o gratificaciones ocasionales, participación de utilidades,
excedentes de las empresas de economía solidaria y lo que recibe en dinero o en
especie no para su beneficio, ni para enriquecer su patrimonio, sino para
desempeñar a cabalidad sus funciones, como gastos de representación, medios de
transporte, elementos de trabajo y otros semejantes. Art 28 C S T
CESANTÍAS E INTERESES DE CESANTÍAS
Los
intereses se deben pagar a más tardar al 31 de enero de cada año, y se pagan
directamente al empleado, esto es, que a diferencia de las cesantías que se deben
consignar en un fondo, en el caso de los intereses sobre cesantías se deben
pagar al empleado.
Bien
sea cuando se liquida un contrato o cuando se liquidan sus cesantías
De
igual forma siempre se va a liquidar sobre el acumulado que tenga cada emplado.
Los
intereses sobre cesantías son del 12% anual, o proporcional por fracción de
año.
Primas Legales y Extra Legales
La
prima extralegal se pacta siempre y cuando el empleador y el empleado lo
acuerden en el momento de empezar su vinculo laboral.
Esto
quiere decir, que ningún empleado tiene derecho a la prima extra legal, solo es
un beneficio por parte de su empresa.
Una
vez que las partes involucradas en un contrato de trabajo, aprueben o acuerden
el pago de una prima extra legal se vuelve obligación de su consignación y el
empleado puede entrar a exigirla
Y
la prima legal es la que se otorga cada 6 meses a todos los trabajadores
Vacaciones
Teniendo
en cuenta que el empleado ya lleve un año con la compañía tiene derecho a 15
días para disfrutar sus vacaciones las fechas se toman en cuenta con la empresa
y el empleado para hacerse efectivas; en caso de las personas que trabajan con
radiaciones y elementos que puedan perjudicar su salud es necesario q tomen 15
dias cada 6 meses.
Artículo
187 del Código Sustantivo del Trabajo
Plazos establecidos para consignar y pagar
prestaciones sociales conforme a la norma vigente
artículo
65 del C.S.T indica que:
Si
a la terminación del contrato, el empleador no paga al trabajador los salarios
y prestaciones debidas, salvo los casos de retención autorizados por la ley o
convenidos por las partes, debe pagar al asalariado, como indemnización, una
suma igual al último salario diario por cada día de retardo, hasta por
veinticuatro (24) meses, o hasta cuando el pago se verifique si el periodo es
menor. Si transcurridos veinticuatro (24) meses contados desde la fecha de
terminación del contrato, el trabajador no ha iniciado su reclamación por la
vía ordinaria, el empleador deberá pagar al trabajador intereses moratorias a
la tasa máxima de créditos de libre asignación.
Procedimientos y fórmulas para liquidar
prestaciones e indemnizaciones
La
base del cálculo de estos conceptos que aquí hemos denominado salario mensual,
es la sumatoria de todos los pagos recibidos por el trabajador y que
constituyen salario, como es el caso de las comisiones, trabajo extra, recargos
nocturnos, dominicales y festivos. Se pueden excluir de la base aquellos pagos
que se hayan pactado como no constitutivos de salario, considerando que estos
pagos no constitutivos de salario están
sometidos a un límite legal.
Para
el caso de la prima de servicios y las cesantías se incluye también el auxilio
de transporte. Este no se incluye para el cálculo de las vacaciones puesto que
en vacaciones el trabajador no tiene derecho al auxilio de transporte por no
utilizarlo.
Por
último, arriba hemos dicho que la dotación hace parte de las prestaciones
sociales pero no hemos colocado ninguna fórmula para su cálculo. Esto se debe a
que no existe fórmula para ello, ya que el valor de la dotación puede variar en
cada caso particular y depende de la política interna de la empresa. Igual
sucede con los gastos de entierro del trabajador.
Prestaciones económicas provenientes de la Gestión de la seguridad y
salud ocupacional, incapacidades, accidentes de trabajo
Todo
afiliado a quien se le defina una incapacidad temporal, el (100%) de su salario
base de cotización, calculado desde el día siguiente el que ocurrió el
accidente de trabajo y hasta el momento de su rehabilitación, re adaptación o
curación, o de la declaración de su incapacidad permanente parcial, invalidez o
su muerte. El pago se efectuará en los períodos en que el trabajador reciba
regularmente su salario.”
Para
la enfermedad profesional será el mismo subsidio calculado desde el día
siguiente de iniciada la incapacidad correspondiente a una enfermedad
diagnosticada como profesional.
El
período durante el cual se reconoce la prestación de que trata el artículo
citado será hasta por 180 días, que podrán ser prorrogados hasta por períodos
que no superen otros 180 días continuos adicionales, cuando esta prórroga se
determine como necesaria para el tratamiento del afiliado, o para culminar su
rehabilitación.
ORIGEN Y VIGENCIA DE LA
NOVEDADES EN LA NOMINA
Son
las modificaciones que se realizan a los pago y descuentos en la nomina
Las
novedades en la nómina son:
Vacaciones: Las vacaciones
laborales es el derecho que tiene todo trabajador a que el empleador le otorgue
un descanso remunerado por el hecho de haberle laborarlo un determinado tiempo.
Durante
el período de vacaciones el trabajador recibirá el salario ordinario que esté
devengando el día en que comience a disfrutar de ellas
Accidente de Trabajo:
es todo suceso imprevisto y repentino que sobrevenga por causa o con ocasión
del trabajo y que produzca al trabajador una lesión orgánica o perturbación
funcional permanente o pasajera, y que no haya sido provocado deliberadamente o
por culpa de la víctima.
Enfermedad Profesional:
es todo estado patológico que sobrevenga como consecuencia obligada de la
clase.
CONCLUSION
Este trabajo sirve para retroalimentar los
conceptos que tenia sobre los diferentes temas que conforman mi salario y como cuando se deben realizar, si son
obligatorios o no y cada cuanto tiempo aplican.
CIBERGRAFÍA
http://nominaysalario750301.blogspot.com.co/2015/02/normatividad-para-la-liquidacion-de.html
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